11 diciembre, 2010

Historia de Dos Delitos y un Abuso





Esta es la historia de dos delitos y un abuso.

El delito inicial fue de los controladores, suficientemente sufrido por los aspirantes a pasajero, difundido por los medios de comunicación y glosado (en su tercera acepción) por el gobierno. Esta tipificado como sedición en la Ley 209/1964 penal y procesal de la Navegación Aérea, que como se puede observar es pre-constitucional, de cuando Franco vamos, no hay más que leerla para darse cuenta (es fácil percibir que numerosas veces los pasajeros han incurrido en delito de sedición al actuar colectivamente contra las ordenes del comandante, por ejemplo). Obviamente la pena es fuerte pero no hay previsto en esa ley ningún mecanismo para que los controladores depongan su actitud salvo la amenaza de su aplicación, es decir que si hubieran sido arrestados, que era lo que procedía, el problema sencillamente se hubiera mantenido o incluso agravado.

Como respuesta el gobierno (no les debió parecer suficiente la pena de una ley franquista), con el apoyo explícito de la mayoría de la oposición, de la fiscalía (¡como no!), de los medios de comunicación... e implícito del pueblo soberano, cometió (y a día de hoy sigue cometiendo) un delito aún mayor y un abuso de poder: movilizó ilegalmente a los controladores haciéndoles caer bajo la jurisdicción militar. El asunto está perfectamente explicado en este artículo del profesor Gimbernat, pero a mi me basta con lo que dice la constitución en su artículo 117.5:

"El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.".

Cualquiera que viva en este país y haya tenido tratos con la administración sabe que en su funcionamiento habitual con el ciudadano de a pie se rige a menudo por el principio del abuso: te aplican la norma como les da la gana y si no le gusta ¡vaya usted al juzgado! Creo que todos los ciudadanos medianamente consciente sabemos que el mayor transgresor del reino es el propio estado, aunque a nuestros políticos se les llene la boca con eso del 'estado de derecho'.

¡Como no va a transgredir el consejo de ministros 'cuando se le echa un pulso'!

Y para terminar algunas preguntas:

¿Es realmente el trasporte aéreo un servicio público esencial?

¿Lo es cualquier tipo de trasporte?

¿Cuales deberían ser los servicios públicos esenciales en un estado democrático?

Si uno no abandona individual o colectivamente el puesto de trabajo en ese tipo de servicio ¿debería ser delito?, ¿con que pena se le debería castigar?

Y ¿en cualquier otro trabajo?

Establecidas las penas anteriores y teniendo en cuenta la proporcionalidad de las penas ¿que pena habría que aplicar a un consejo de ministros que militariza ilegalmente a un colectivo?

Cuando te toque a ti con abuso e ilegalmente ser el chivo expiatorio del estado ¿que vas a decir? ¿quién va a estar contigo?

El hecho concreto es que algunos de los controladores, no muchos (ahora hablan de los 'cabecillas', claro, la realidad es que no pueden prescindir de muchos de ellos), pagaran por el delito de todos ('razón de estado') y el gobierno, con total ausencia previa de planificación previsión, gestión y haberse pasado finalmente bastantes pueblos, queda como el salvador de los sufridos ciudadanos por su excelente 'gestión de la crisis'. ¡Menos gestión de las crisis y más gestión del día a día! y lo mismo digo de la economía que, según se dice, es nuestro principal problema, que parece que solo se toma alguna medida cuando atacan los especuladores (cuando nos traen su dinero son inversores, cuando se lo quieren llevar especuladores).

Todo lo anterior cosas sin sentido, divagaciones, tonterías......hay lo que hay y tenemos lo que tenemos...no hay ni remedio ni esperanza en estos asuntos.

Argentina querida ¡seguimos dócilmente la senda que tú nos has marcado!

2 comentarios:

Javier dijo...

Absolutamente de acuerdo en el planteamiento de tu artículo. Acerca de la pregunta que haces sobre lo esencial o no del transporte aéreo, pienso que para Canarias el transporte aéreo, o al menos, un "mínimo" de transporte aéreo sí es esencial. En fín,,,como bien dices...detrás de Argentina..un abrazo.

Lagavulin dijo...

Gracias por comentar, Javier.

Curiosamente el artículo dominical de hoy de Pedro J. va en la línea de mis mismos argumentos.

Estoy contigo en que en el caso de Canarias es trasporte aéreo es sin duda un servicio esencial, para la península no lo veo tan claro. Yo no obstante por lo que abogo es por definir cuales son en realidad los servicios esenciales, pues deberían tener un tratamiento especial en asuntos como el derecho de huelga y otros, como se ha podido ver en este caso. Otro aspecto fundamental habría de ser quién puede gestionar esos servicios ¿el estado? ¿empresas privadas?... es un debate amplio y complicado.

Un abrazo.